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Tributación · 2008

Resolución SET 21/08

Por la cual se dispone la transferencia de contribuyentes de la jurisdicción de la dirección general de recaudaciones a la dirección general de grandes contribuyentes

RESOLUCION SET Nº 21/08

POR LA CUAL SE DISPONE LA TRANSFERENCIA DE CONTRIBUYENTES DE LA JURISDICCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIONES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES.


                                                                                                             Asunción, 21 de enero de 2008


VISTO: Las facultades otorgadas a la Administración Tributaria, por medio de la Ley Nº 125/91 texto actualizado por la Ley Nº 2421/04; y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la reestructuración y modernización de la Administración Tributaria, realizada - entre otros - mediante la implantación de nuevos sistemas de gestión que harán más eficaz y eficiente su tarea, es menester transferir a ciertos contribuyentes actualmente pertenecientes a la jurisdicción de la Dirección General de Recaudación que por la naturaleza de sus actividades económicas, y/o por la envergadura de sus ingresos, se avienen más a la jurisdicción de la Dirección General de Grandes Contribuyentes.
POR TANTO,

LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:

Articulo 1) DISPÓNGASE la transferencia a la jurisdicción de la Dirección General de Grandes Contribuyentes de los contribuyentes que se detallan en el Anexo de la presente Resolución; el cual forma parte de la misma, quienes ejercerán sus derechos y cumplirán sus obligaciones tributarias en la citada jurisdicción a partir del 1º de febrero del 2008, independientemente al periodo o ejercicio fiscal del que se trate.
Articulo 2) Los contribuyentes señalados en el Anexo mencionado, que a partir de la fecha indicada en el artículo precedente, cuenten con débitos fiscales que cancelar y que utilicen cheques como medio de pago de sus obligaciones, deberán librarlo a la orden de la Dirección General de Grandes Contribuyentes.
Articulo 3) PUBLÍQUESE, comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Firman:

  • MARÍA GLORIA PÁEZ GUEYRAUD, VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.