Ir al contenido
LEGISLASYSLegislación paraguaya

Archivo histórico · última actualización de contenidos: enero de 2020 · qué significa esto

InicioTributación

Tributación · 1994

Resolución SET 165/94

Por la cual se prorroga el plazo para presentar los recaudos exigidos por los artículos 1º y 2º de la resolución N° 178 de fecha 16 de diciembre de 1992

Asunción, 27 de Abril de 1994.

VISTO: El Art. 189º de la Ley Nº 125/91 modificada por el Art. 1° de la Ley N° 170/93 y las Resoluciones N 49º y 178º del año 1992; y,

CONSIDERANDO: Que es necesario por razones de una sana política tributaria extender el plazo establecido para la presentación del Balance Impositivo y el Cuadro Demostrativo de Revalúo y Depreciaciones, previsto en los Arts. 1° y 2° de la Resolución N° 178 de fecha 16 de Diciembre de 1992.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 125/91.

POR TANTO,

EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

Articulo 1) PRÓRROGA. Prorrógase hasta el 13 de Mayo de 1994 el plazo para la presentación de los recaudos exigidos en los Arts. 1 y 2 de la Resolución N° 178 de fecha 16 de Diciembre de 1992, relativo al Balance Impositivo y el Cuadro Demostrativo de Revalúo y Depreciaciones correspondiente al año 1993

La presente normativa, no implica prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta y su pago.

Vencido el plazo prorrogado mediante esta Resolución, se aplicará la sanción contemplada en el Art. 176º de la Ley Nº 125/91.

Articulo 2) Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.

Firma:

  • Dr. Carlos Sosa Jovellanos. Sub Secretario de Estado de Tributación

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.