Tributación · 2004
Resolución SET 129/04
Por el cual se modifica el anexo de la resolución Nº 83 del 23 de marzo de 2004 "Que establece valores referenciales mínimos de carácter precautorio para la importación de prendas de vestir, calzados y balones deportivos de origen y/o procedencia asiática."
Asunción, 13 de mayo de 2004
VISTO: La Ley Nº 444/94 "Que establece la adhesión del Paraguay al GATT y aprueba los resultados de la Ronda de Uruguay", Ley Nº 1.095/84 "Que establece el Arancel de Aduanas", Ley Nº 1.173/85 del "Código Aduanero" y Decreto Nº 15.813/86 que la reglamenta; Ley Nº 125/91 "Que establece el Nuevo Régimen Tributario", y la Resolución Nº 83/2004, y
CONSIDERANDO: Que, los valores referenciales expuestos en el Anexo de la Resolución Nº 83/2004, han surgido ante la necesidad de combatir las prácticas desleales de comercio que afectan en forma directa a la economía nacional, dada las declaraciones falsas e inexactas de los montos expuestos.
Que, como consecuencia de las argumentaciones esgrimidas por los representantes de los sectores afectados y nuevos estudios efectuados, resulta necesario modificar los valores referenciales mínimos que posibilitara evitar tratamientos discriminatorios y prácticas desleales.
Que el presente acto administrativo se dicta en virtud de la facultad conferida por las disposiciones citadas en el Visto precedente.
POR TANTO,
EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Articulo 1) Modificación.- Modifícanse los valores referenciales de carácter precautorio para la importación de prendas de vestir, calzados y balones deportivos de origen y/o procedencia asiática contenidos en el Anexo de la Resolución Nº 83/2004 , los cuales deberán ser incorporados al Sistema Informático SOFIA conforme al Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.
Articulo 2) Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
Firman:
- ANDREAS NEUFELD TOEWS, Viceministro de Tributación
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.