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Resoluciones generales · 2008
Resolución 332/08
Por la cual se solicita la oficialización de las unidades descentralizadas de salud mental, en sus diferentes niveles; En funcionamiento en diversos servicios de salud dependientes de este ministerio
Asunción, 22 de mayo de 2008
Vista: La nota recibida en fecha 4 de mayo de 2004, como Expediente Nº 3579, por medio de la cual la Dirección de Salud Mental, dependiente de la Dirección General de Programas de Salud, solicita la oficialización de las Unidades Descentralizadas de Salud Mental, en sus diferentes niveles; en funcionamiento en diversos Servicios de Salud dependientes de este Ministerio; y
Considerando: Que la Declaración de Caracas (1990) de la cual el Paraguay es signatario, insta a todos los gobiernos y ONGs. a apoyar la reestructuración de la atención psiquiátrica, la cual implica una revisión crítica del papel centralizador del Hospital Psiquiátrico en la prestación de servicios y en la promoción de servicios comunitarios de salud mental;
Que los principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la salud mental (Res. 46/119 de las Naciones Unidas - 1991) se refieren a los derechos básicos y libertades fundamentales, como el derecho a contar con la mejor atención disponible y accesible en la medida de lo posible, en la comunidad en la que vive, y adecuado a sus antecedentes culturales;
Que entre los procesos previstos en su contexto, la Política Nacional de Salud - 2005/2008 propone una ordenada descentralización de la salud, con la estrategia de la atención primaria y el desarrollo de programas nacionales priorizados, como los de Bienestar Social, de Salud Mental y de Prevención del consumo de tabaco, alcohol y otras drogas;
Que la Política Nacional de Salud Mental tiene como una de sus principales estrategias la de fortalecer la Unidades de Salud Mental existentes y desarrollar los componentes de salud mental y atención primaria de salud;
Por tanto, y en uso de sus atribuciones;
El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
Resuelve:
Artículo 1) Oficializar las Unidades de Salud Mental que se hallan instaladas y en funcionamiento en Centros de Salud y en Hospitales Generales, Materno Infantiles, Regionales y Distritales, dependientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; cuyo listado forma parte, como anexo, de la presente Resolución.
Artículo 2) Disponer que todos los profesionales, técnicos y auxiliares componentes de las Unidades de Salud Mental descentralizadas tengan dependencia técnica de la Dirección de Salud Mental, y dependencia jerárquica de las Direcciones de Regiones Sanitarias, Centros y Puestos de Salud, así como de las de hospitales Regionales, Generales, Materno infantiles y Distritales, a los cuales pertenecen.
Artículo 3) Establecer que la Dirección de Salud Mental realice en forma periódica el monitoreo, evaluación, control de gestión y supervisión de los trabajos efectuados en las diferentes Unidades de Salud Mental Descentralizadas.
Artículo 4) Dejar sin efecto todas las Resoluciones anteriores que se contrapongan a las disposiciones contenidas en ésta.
Artículo 5) Comunicar a quienes corresponda y cumplido, archivar.
Firman:
- Nicanor Duarte frutos
- Oscar Martínez Doldán
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.