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Resoluciones generales · 2007

Resolución 3.363/07

Por la cual se establece las normas para el uso de los premios obtenidos por las instituciones educativas del nivel medio en la campaña de educación tributaria «Junta y gana» del año 2000

Asunción, 17 de abril de 2007

VISTO: Que el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Hacienda llevan adelante desde el año 2005 la Campaña de Educación Tributaria «Juntá y Ganá», en los colegios oficiales de Enseñanza Media del país; y,

CONSIDERANDO: Que la Campaña busca que el emprendimiento contribuya a consolidar el proceso de construcción de la responsabilidad fiscal con transparencia de tal manera a lograr el compromiso de todos los sectores de la sociedad, el desarrollo económico, social, educativo y cultural de nuestro país;

Que el Ministerio de Educación y Cultura, en el marco de la Reforma Educativa, impulsa la formación integral de niños, niñas y jóvenes con sólidos conocimientos científicos, tecnológicos y humanos, que contribuyan en la consolidación de la democracia como estilo de convivencia a través del ejercicio de sus derechos pero, al mismo tiempo, puedan asumir el compromiso de trabajar por el nuevo país que apuesta a la legalidad, cumpliendo con sus deberes y obligaciones como ciudadanos y ciudadanas;

Que, por el Acuerdo Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y Cultura y el Ministerio de Hacienda, de fecha 29 de diciembre de 2006, se designan ganadores de la Campaña de Educación Tributaria «Juntá y Ganá», en los colegios oficiales de Enseñanza Media del país del Año 2006;

La necesidad de establecer normas para el uso transparente de los fondos públicos;

Que el Artículo 18 de la Ley N° 1264/98 «General de Educación» dice: «Las funciones del Estado, en el ámbito de la educación, se ejercen por medio del Ministerio de Educación y Cultura»;

Que el Artículo 91 de la Ley N° 1264/98 «General de Educación» establece que «La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura... »;

Por tanto, en uso de sus atribuciones,

LA MINISTRA DE EDUCACION Y CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1) Disponer que los recursos asignados como premio de la Campaña de Educación Tributaria «Juntá y Ganá» del Año 2006 sean utilizados con exclusividad para atender el bienestar estudiantil y crear condiciones favorables de aprendizaje para la formación integral, que faciliten y complementen las actividades académicas.

Artículo 2) Establecer los rubros en los cuales pueden ser utilizados los premios entregados a las instituciones educativas del Nivel Medio, en el marco de la Campaña de Educación Tributaria «Juntá y Ganá» Año 2006:

* Construcción y mejoramiento de obras de infraestructura, tales como: aulas, laboratorios, tinglados para deportes, sanitarios, talleres, otros.

* Adquisición de materiales didácticos tales como: mapas, globos terráqueos, láminas, banderas, equipos de gimnasio, otros.

* Adquisición de muebles, tales como: pupitres, pizarrones, mesas, sillas, escritorios, estantes, otros.

* Adquisición de equipos de salud y de laboratorio, tales como: microscopios, tabla periódica, otros.

* Adquisición de artefactos eléctricos y/o equipamiento de aula, tales como: acondicionador de aire, ventiladores, otros.

* Adquisición de equipos de oficina, tales como: fotocopiadoras, computadoras, impresoras, faxes, scanner, otros.

Artículo 3) Determinar que el presupuesto aprobado sea ejecutado con la participación del Consejo Educativo Institucional, integrado por representantes del estamento estudiantil, padres, docentes, técnico y directivos, conforme lo determina el Artículo 54 del Decreto 468/2003.

Artículo 4) Determinar que las rendiciones de cuentas se realicen de conformidad a las normativas legales vigentes y a los procedimientos establecidos para las rendiciones de cuentas por la Dirección Financiera dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas.

Artículo 5) Comunicar y archivar.

Firma:

  • María Ester Jiménez. Ministra de Educación y Cultura

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.