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Resoluciones generales · 2008
Resolución 133/08
Por la cual se aprueba el reglamento de defensa de la competencia y el procedimiento para dirimir conflictos en el ámbito de regulación de las telecomunicaciones
Asunción 30 de enero de 2008
Visto: La Ley 642/95 de Telecomunicaciones, el Decreto Nº 14.135/96 que Reglamenta la Ley 642/95, la Comunicación Interna Nº 5/2007 PR del 31.05.2007 de la Presidencia de la CONATEL, el informe del 13.08.2007 de la comisión conformada por la Comunicación Interna Nº 5/2007, el Interno DIR Nº 35.01/2007, y el informe de la Gerencia Internacional e Interinstitucional del 20.12.2007;
Considerando: Que la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en el Artículo 16, inc. k), establece como función de la CONATEL "Prevenir conductas anticompetitivas y discriminatorias y las bajas o alzas artificiales de precios y tarifas",
Que la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en el "Artículo 29.- Los servicios de difusión se prestarán en régimen de libre competencia";
Que la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en el "Artículo 47.- Los servicios de valor agregado se prestarán en régimen de libre competencia";
Que la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en el "Artículo 95.- La fijación de tarifas de los demás servicios es libre y se regula por la oferta y la demanda, sujeta al control previsto en el Artículo 92, inciso b) de esta Ley. No obstante, la Comisión podrá establecer tarifas en mercados no suficientemente competitivos";
Que la Ley 642/95 de Telecomunicaciones en el "Artículo 96.- Se prohíben las prácticas concertadas que produzcan o puedan producir el efecto de restringir, impedir o falsear la competencia";
Que los Artículos 16 y 96 mencionados, hablan de "conductas" y "prácticas" las cuáles requieren de clarificación, razón por la cual se enumera en carácter no extensivo conductas conocidas, que son reconocidas como conductas y prácticas que pueden distorsionar y falsear la competencia;
Que la norma legal resuelta fue diseñada como un cuerpo legal con todos los elementos necesarios que incluyen regulación ex-ante y regulación ex-post, las conductas reguladas y concentraciones, los procedimientos y las sanciones, alcanzándose las características de una norma legal completa y moderna para la regulación de la defensa de la competencia, en cumplimiento a las exigencias de nuestra Ley;
Que es de contenido normal de las normas legales para regulación de la competencia la autoridad de aplicación, sin embargo en este caso está determinada por la propia Ley de Telecomunicaciones;
Que disponer de un Reglamento de Defensa de la Competencia en el mercado nacional de Telecomunicaciones con reglas claras y precisas generará efectos positivos en el mismo, tales como la posibilidad de transparentar a los prestadores y usuarios sobre las medidas preventivas y las acciones regulatorias adoptadas por la CONATEL, así como permitir que el caudal de información relevante en el mercado aumente, mejore en calidad y sea simétrica para todos los participantes del mercado;
Que respecto al procedimiento es menester una norma separada para los casos en los que la CONATEL actúa en función a denuncias, estando ambas normas vinculadas de manera biunívoca para la resolución de casos de denuncias en contra de la competencia efectiva;
Que la CONATEL debe contar con ambas normas para que la defensa de la competencia sea efectiva;
Que la norma de procedimiento puede ser utilizada eficientemente en otros casos de denuncias que no están vinculadas con la Competencia de Servicios;
Que la comisión de trabajo recomienda la aprobación de ambas normas;
Que el Directorio de la CONATEL resuelve someter a consulta pública los proyectos de Reglamentos remitidos para lo cual conformó una comisión de recepción y evaluación de las observaciones y contribuciones a los proyectos de Reglamentos;
Que la CONATEL ha publicado por medios de prensa escrita y a través de su página web la convocatoria para emitir observaciones y contribuciones a los proyectos de Reglamentos;
Que las observaciones y contribuciones relativas a la razón de la consulta pública fueron evaluadas y consideradas en la adecuación de los proyectos de Reglamentos;
Que no se han presentado observaciones en contra de la aprobación de los proyectos de Reglamentos sometidos a consulta pública;
Por tanto: El Directorio de la CONATEL, en sesión ordinaria del 30 de enero de 2008, Acta Nº 05/2008, y de conformidad a las disposiciones legales previstas en la Ley Nº 642/95 de Telecomunicaciones,
Resuelve:
Artículo 1)Aprobar el Reglamento de Defensa de la Competencia y el Procedimiento para dirimir conflictos en el ámbito de regulación de las telecomunicaciones, adjunto a la presente Resolución.
Artículo 2) Publicar en la Gaceta Oficial y cumplido archivar.
Firman:
- Nicanor Duarte Frutos
- Carmelo Ruggilo Castro
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.