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Resoluciones generales · 2007

Resolución 1.442/07

Por la cual se crea la dirección de sistemas informáticos, dependiente del secretario ejecutivo de la secretaria del ambiente - establecimiento de funciones

 

Asunción, 20 de setiembre de 2007.

 

Visto: La Ley Nº 1561/00 "Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente".
La Ley 1727/01 que aprueba el Convenio de Préstamo Nº 1300/OC-PR, suscrito por el Gobierno de la República del Paraguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución del Programa de "Apoyo al Sistema Nacional Ambiental", cuyo Organismo Ejecutor es la Secretaría del Ambiente, dependiente de la Presidencia de la República.

Considerando: Que, como parte de las acciones desarrolladas por el Programa de "Apoyo al Sistema Nacional Ambiental", ejecutado por la Secretaría del Ambiente a través del Convenio de Préstamo BID Nº 1300/OC-PR, se halla en etapa de implementación el servicio de consultoría de "Modernización Institucional y Gestión Ambiental", llevado a cabo como resultado de la Licitación Pública Internacional Nº 01/05.
Que, en el marco del servicio de consultoría de "Modernización Institucional y Gestión Ambiental", ha sido elaborada, en forma conjunta con funcionarios de la SEAM, una propuesta de reestructuración institucional de la Secretaría del Ambiente, que incluye la conformación de una Dirección de Sistemas Informáticos, dependiente del Secretario Ejecutivo.
Que es necesario impulsar la implementación del proceso de modernización institucional de la Secretaría del Ambiente en el contexto de la política de calidad adoptada, destinada a lograr la completa satisfacción de los clientes internos y externos, brindando servicios que superen sus requisitos y mejorando continuamente todos los procesos de la institución.
Que, dada la naturaleza de los servicios prestados por la Secretaría del Ambiente, se requiere del diseño, implantación, operación y mantenimiento de sistemas informáticos de alta complejidad, a efectos de dar respuesta a los requerimientos de los clientes internos y externos de la institución.
Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 18 de la Ley Nº 1561/00.

 

El Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Ambiente

Resuelve:

 

Art. 1) Crear la Dirección de Sistemas Informáticos y establecer su dependencia directa del Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Ambiente.
Art. 2) Establecer las siguientes funciones de la Dirección de Sistemas Informáticos:
1. Proveer y mantener actualizado el soporte de tecnología informática para toda la institución.
2. Promover y supervisar el análisis y evaluación de las aplicaciones de nuevos sistemas y procedimientos técnicos tendientes a mejorar, agilizar, modernizar y actualizar los sistemas informáticos de la SEAM.
3. Trabajar estrechamente con las demás dependencias de la SEAM, a fin de tomar conocimiento y definir el tipo, esquema, frecuencia y alcance del apoyo informático necesario.
4. Coordinar con las demás dependencias de la SEAM el establecimiento de los distintos nieles de acceso a los sistemas implementados y asegurar el control y actualización de los mismos.
5. Administrar las redes informáticas de la institución, llevando a cabo la operación y mantenimiento de las mismas.
6. Administrar la seguridad e integridad de los datos del sistema, contra intrusos y virus.
7. Asegurar la seguridad e integridad del Sistema Nacional de Información Ambiental y de las distintas bases de datos que lo alimentan.
8. Otorgar a la Dirección de Comunicación Social el soporte técnico para el mantenimiento de la página web de la SEAM.
9. Administrar el dominio y alojamiento de la página web y las cuentas de mail de los usuarios de la SEAM.
10. Proveer el servicio técnico de mantenimiento y reparación de los equipos informáticos y sus accesorios (CPUs, monitores, impresoras, scanner, etc.), así como de las redes informáticas de la institución.
11. Proveer la asistencia técnica a los programas y sistemas informáticos utilizados por los distintos usuarios de la SEAM.
12. Elaborar anteproyectos, y elevarlos a consideración del secretario Ejecutivo, de reglamentaciones sobre el funcionamiento del servicio informático, para todos los usuarios, que tengan que ver con su utilización, seguridad, mejor aprovechamiento etc.; asegurar su difusión e implementación.
13. Elaborar planes viables de renovación y adquisición de hardware y software, que respondan efectivamente a las necesidades de la SEAM.
14. Supervisar permanentemente todos los trabajos realizados por el área, tomando conocimiento de las dificultades que se presenten y llevar a cabo las medidas de corrección pertinente en cada caso.
15. Realizar el seguimiento del cumplimiento a cabalidad de los términos de los contratos de servicios informáticos suscriptos.
16. definir el requerimiento de recursos humanos y materiales necesarios para la consecución de todos los trabajos de realizar por la Dirección.
17. Participar en las gestiones de selección, elección y compra de los equipos informáticos necesarios para la institución.
18. Programar, dirigir y controlar, los servicios de instalación de hardware, software y redes informáticas, para los usuarios de las diferentes dependencias de la SEAM, asegurando que éste sea lo más eficiente y eficaz posible.
19. Asesorar a las dependencias de la SEAM en el mejor uso, seguridad y aprovechamiento de los recursos informáticos.
20. Cumplir con las acciones establecidas para su Dirección, en el Plan operativo resultante de la Planificación Estratégica de la SEAM.
Art. 3) Designar al Lic. Alejandro Fretes como Director de la Dirección de Sistemas Informáticos.
Art. 4) Designar al Ing. José Maria Gibernau como Director Alterno de la Dirección de Sistemas Informáticos.
Art. 5) Comunicar a quienes corresponda y, cumplida, archivar.

Firman:

  • Arq. Carlos Antonio López Dose.Secretario Ejecutivo. Ministro
  • Lic. Jorge Rivas Quevedo.Secretario General

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.