Leyes · 2017
Ley 62/17
Por la cual se aprueba el programa “Recursos para la fase ii del programa nacional de becas de posgrado para el fortalecimiento de la investigación, la innovación y la educación”
Asunción, 23 de noviembre de 2017
VISTO: La Nota M.H. N° 1317/2017 de fecha 16 de noviembre de 2017, por la cual el Ministerio de Hacienda presenta a la Secretaría Ejecutiva del Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación- FEEI, el programa “BF1CAL2, Propuesta de Recursos para la Fase II del Programa Nacional de Becas de Posgrado para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación”, que es una iniciativa conjunta entre el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), el Ministerio de - Hacienda (MU), y la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP); a los efectos de su correspondiente revisión y evaluación técnica a fin de obtener su aprobación;
La Ley N° 4.758 del 21 de setiembre de 2012, “Que crea el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE) y el Fondo para la Excelencia de la Educación y la Investigación”;
El Decreto N° 739 de fecha 19 de noviembre de 2013, “Por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Fiduciario para la Excelencia de la Educación y la Investigación”;
La Resolución CAFEEI N° 01 de fecha 02 de diciembre de 2013, “Por la cual se aprueba el Reglamento Interno del Consejo de Administración del Fondo Fiduciario para la Excelencia de la Educación y la Investigación”; y,
CONSIDERANDO: Que, este proyecto se encuentra alineado al Plan Nacional de Desarrollo 2030 (PND), que define los ejes y objetivos estratégicos, las prioridades de políticas y las lincas de acción para el desarrollo del Paraguay. El presente programa se encuentra alineado con 2 de los 3 ejes de acción del citado Plan: (i) crecimiento económico inclusivo; e (ii) inserción de Paraguay en el mundo.
Que, tiene como objetivo: Contribuir a aumentar los niveles de generación y aplicación de conocimiento en las áreas de ciencia y tecnología y los niveles de aprendizaje en la educación a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en dichas áreas (CyT y educación).
Que, la propuesta es una iniciativa conjunta del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), el Ministerio de Flacienda (MH), y la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP); y que será implementada por el Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad Ejecutora del Programa, actualmente ejecutando el “Programa Nacional de Becas de Posgrado en el Exterior para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación”.
Que, los Artículos 14, 15 y 16 de la Ley N° 4758/2012, “QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y DESARROLLO (FONACIDE) Y EL FONDO PARA LA EXCELENCIA DE LA EDUCACIÓN Y LA INVESTIGACION”, establecen la conformación, funciones y atribuciones del Consejo de Administración del Fondo.
Que, según consta en el Acta N° 67, se ha llevado a cabo la sesión extraordinaria de fecha 23 de noviembre de 2017, en la cual el Consejo ha resuelto la aprobación del Programa: Recursos para la fase II del Programa Nacional de Becas de Posgrado para el Fortalecimiento de la Investigación, la Innovación y la Educación.
Que, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7° de la Resolución CAFEEI N° 01/2013, es necesario transcribir las decisiones contenidas en el Acta N° 67 en una resolución.
POR TANTO, y en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA LA EXCELENCIA DE LA EDUCACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN
RESUELVE:
Articulo 1) Aprobar el programa “RECURSOS PARA LA FASE II DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS DE POSGRADO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN, LA INNOVACIÓN Y LA EDUCACIÓN” iniciativa conjunta entre el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), el Ministerio de Hacienda (MPI), y la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP), por un monto de dólares americanos sesenta millones (USD 60.000.000), a ser ejecutado desde el mes de julio de 2018 hasta setiembre de 2023, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Articulo 2) Comunicar a quienes corresponda, y cumplido, archivar.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.