Leyes · 2008
Ley 3.679/08
Que modifica el artículo 8 de la ley Nº 1561/00 "Que crea el sistema nacional del ambiente, el consejo nacional del ambiente y la secretaría del ambiente"
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1) Modifícase el Artículo 8º de la Ley Nº 1561/00 "QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DEL AMBIENTE, EL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE Y LA SECRETARIA DEL AMBIENTE", cuyo texto queda redactado de la siguiente forma:
"Art. 8º.- La Secretaría del Ambiente se relacionará directamente con el Poder Ejecutivo. Su presupuesto institucional deberá ser incorporado en el Presupuesto General de la Nación dentro de los entes autónomos y autárquicos. Se regirá por las disposiciones de esta Ley y los Decretos reglamentarios que se dicten al efecto."
Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil ocho, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.
Firman:
- Enrique Salyn Buzarquis Cáceres.Presidente.H. Cámara de Diputados
- Gustavo Mussi Melgarejo.Secretario Parlamentario
- Enrique González Quintana.Presidente.H. Cámara de Senadores.
- Lino César Oviedo.Secretario Parlamentario
Asunción, 30 de diciembre de 2008 .
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Fernando Armindo Lugo Méndez.Presidente de la República
- Cándio Vera Bejarano.Ministro de Agricultura y Ganadería
- Dionisio Borda.Ministro de Hacienda
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.