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Leyes · 1993

Ley 237/93

Que aprueba el acuerdo por canje de notas sobre supresión de visas, suscrito entre el gobierno de la república del Paraguay y el gobierno de la república de colombia

EL CONGRESO DE LA NACIÓN SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1) Apruébase el Acuerdo por Canje de Notas sobre Supresión de Visas, suscrito entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de Colombia, en Asunción el 7 de diciembre de 1992, cuyos textos son como sigue:

"Asunción, 7 de diciembre de 1992

N.R. No.: 17

Señora Ministra:

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia en ocasión de acusar recibo de su Nota No. E-617 de fecha 7 de diciembre del año en curso, que dice lo siguiente:

"N°: E-617 Asunción, 07 diciembre de 1992

A su Excelencia

El Señor ALEXIS FRUTOS VAESKEN

Ministro de Relaciones Exteriores

de Paraguay

Ciudad

Señor Ministro:

Tengo el agrado de dirigirme a vuestra Excelencia en la oportunidad de comunicarle, que el Gobierno Colombiano mediante Decreto N° 666 del 21 de abril del presente año suprimió el visado de turismo para aquellos extranjeros que ingresen al país sin ánimo de establecerse en él.

De acuerdo con el mencionado Decreto y con ocasión de la aplicación del mismo, los ciudadanos paraguayos no requerirán de visa de turismo para ingresar a territorio colombiano.

Aprovecho esta oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. Firmado: Noemi Sanin de Rubi, Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia".

Por lo que antecede, cumplo en poner en conocimiento de Vuestra Excelencia que el Gobierno de la República del Paraguay otorgará el mismo tratamiento a los ciudadanos colombianos, suprimiendo la visa de turismo a los mismos, cuando ingresen al Paraguay, sin ánimo de establecerse en este país.

Por tanto, esta nota y la de Vuestra Excelencia constituyen un Acuerdo entre nuestros dos Gobiernos.

Hago propicia la oportunidad par reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más distinguida consideración. Firmado: Por el Gobierno de la República del Paraguay, Alexis Frutos Vaesken, Ministro de Relaciones Exteriores".

Artículo 2) Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veinte y ocho de abril del año un mil novecientos noventa y tres y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley el veinte y cinco de junio del año un mil novecientos noventa y tres.

Firman:

  • José A. Moreno Ruffinelli. Presidente. H. Cámara de Diputados
  • Abrahán Esteche. Secretario Parlamentario
  • Gustavo Díaz de Vivar. Presidente. H. Cámara de Senadores
  • Carlos Galeano Perrone. Secretario Parlamentario

Asunción, 19 de julio de 1993

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Andrés Rodríguez. El Presidente de la República
  • Alexis Frutos Vaesken. Ministro de Relaciones Exteriores

por medio de la cual informara que el Gobierno de la República de Colombia, mediante Decreto No. 666 del 21 de abril del presente año, autoriza la entrada sin visa al país a los extranjeros que ingresen sin ánimo de establecerse en Colombia, y por tanto, se suprime la visa de turismo que se venía exigiendo a los ciudadanos paraguayos.

Firman:

  • José A. Moreno Ruffinelli. Presidente. H. Cámara de Diputados
  • Nelson Argaña. Secretario Parlamentario
  • Gustavo Díaz de Vivar. Presidente. H. Cámara de Senadores
  • Julio Rolando Elizeche. Secretario Parlamentario

Asunción, 5 de marzo de 1993. -

Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Andrés Rodríguez. El Presidente de la República
  • Hugo Estigarribia Elizeche. Ministro del Interior

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.