Leyes · 2001
Ley 1.829/01
Que modifica el artículo 2º, incisos a) y c) de la ley Nº 1309/98, que establece la distribución y depósito de parte de los denominados "Royalties" y compensaciones en razón de territorio inundado a los gobiernos departamentales y municipales
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Texto original de la Ley Nº 1.829/01
Nueva redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 2.391/04
Artículo 1) Modificase los incisos a) y c) del artículo 2º de la Ley Nº 1309/98, que quedan redactados como sigue:
Articulo 1 Modifícanse los incisos a) y c) del Artículo 2° de la Ley Nº 1.309/98, que quedan redactados como sigue:
Artículo 2) A los efectos de esta ley se entenderá por:
Art. 2 A los efectos de esta Ley se entenderá por:
a) Gobernaciones afectadas. Las Gobernaciones de los Departamentos Alto Paraná, Canindeyú, Itapua, Misiones y Ñeembucú, a las que se adjudicará el porcentaje establecido en el inciso b) del artículo anterior, en forma igualitaria;
a) Gobernaciones afectadas - Las Gobernaciones de los Departamentos Alto Paraná, Canindeyú, Itapúa, Misiones y Ñeembucú, a las que se adjudicará el porcentaje establecido en el inciso b) del Artículo anterior, en forma igualitaria;
c) Municipios afectados. Todos los municipios comprendidos dentro de los Departamentos Alto Paraná, Canindeyú, Itapua, Misiones y Ñeenbucu, realmente afectados en su unidad territorial por las Represas Hidroeléctricas de Itapua y Yacyretá.
c) Municipios afectados. Todos los municipios comprendidos dentro de los Departamentos Alto Paraná, Canindeyú, Itapúa, Misiones y Ñeembucú, realmente afectados en su unidad territorial por las Represas Hidroeléctricas de Itaipú y Yacyretá.
Los municipios afectados son los siguientes: en el Departamento Alto Paraná: Hernandarias, Minga Porá, Mbaracayú, San Alberto e Itakyry; en el Departamento Canindeyú: Saltos del Guairá, Corpus Christi, Gral. Francisco Caballero Alvarez, La Paloma y Katueté; en el Departamento Itapúa: Encarnación, Bella Vista, Cambyretá, Capitan Meza, Carlos Antonio López, Carmen del Paraná, Coronel Bogado, Fram, General Artigas, Hohenau, Jesús, Mayor Otaño, Natalio, Nueva Alborada, Obligado, Pirapó, San Cosme y Damián, San Juan del Paraná, San Rafael del Paraná, Trinidad y Yatutay; en el Departamento Misiones: Ayolas, Santiago y Yabebyry, y en el Departamento Ñeembucú: Laureles, Cerrito, Villalbín, Desmochados, Mayor Martinez, General Díaz, Paso de Patria, Humaita y Pilar.
Los Municipios afectados son los siguientes: en el Departamento Alto Paraná: Hernandarias, Minga Pora, Mbaracayú, San Alberto e Itakyry; en el Departamento Canindeyú: Saltos del Guaira, Corpus Chiristi, Gral. Francisco Caballero Alvarez, La Paloma y Kalueté; en el Departamento Itapúa: Encarnación, Bella Vista, Cambyretá, Capitán Meza, Carlos Antonio López, Carmen del Paraná, Coronel Bogado. Fram, General Artigas, Hohenau, Jesús, Mayor Otaño, Natalio, Nueva Alborada, Obligado, Pirapó, San Cosme y Damián, San Juan del Paraná, San Rafael del Paraná, Trinidad y Yatytay; en el Departamento Misiones: Ayolas, Santiago y Yabebyry; y en el Departamento Ñeembucú: Laureles, Cerrito, Villalbín, Desmochados, Mayor Martínez, General Díaz, Paso de Patria, Humaitá, Isla Umbu y Pilar.
Artículo 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a nueve días del mes de agosto del año dos mil uno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a ocho días del mes de noviembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.
Firman:
- Mirian Graciela Alfonso de Gonzalez.Vicepresidente 1º en ejercicio de la Prsidencia.Honorable Cámarade Diputados
- Fabio Pedro Gutierrez Acosta.Secretario Parlamentario
- Juan Roque Galeano Villalba.Presidente H. Cámara de Senadores
- Nidia Ofelia Flores Coronel.Secretaria Parlamentaria
Asunción, 15 de noviembre de 2001
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- LUIS ANGEL GONZALEZ MACCHI.Presidente de la República
- Francisco Oviedo Britez.Ministro de Hacienda
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.