Decretos · 2011
Decreto 7.979/11
Por el cual se declara asueto el 23 y 30 de diciembre de 2011, a partir de las 11:00 horas, para los funcionarios de la administración pública y entidades descentralizadas
Asunción, 22 de diciembre de 2011
VISTO: La Celebración de la Navidad y el Año Nuevo; y
CONSIDERANDO: Que la Constitución Nacional en su Artículo 238, Numeral 1), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República a dirigir la administración general del país.
Que las celebraciones referidas ameritan preparativos y desplazamientos de todos los ciudadanos por lo que se hace necesario declarar asueto para los funcionarios públicos en los días previos a Navidad y Año Nuevo.
Que a los efectos de mantener los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, corresponde excluir de los asuetos previstos a los funcionarios públicos afectados a la prestación de dichos servicios.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUA Y
DECRETA:
Art. 1) Declárase asueto para la Administración Pública y Entidades Descentralizadas, el 23 y 30 de diciembre del corriente año, a partir de las 11:00 horas.
Art. 2) Exclúyase de los asuetos declarados en el Artículo 1º de este Decreto a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos de urgencia y en horarios especiales, y a los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad.
Art. 3) El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 4) Comuníquese, publique se e insértese en el Registro Oficial.
Firman:
- Fernando Lugo Méndez.
- Carlos Filizzola.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.