Decretos · 2000
Decreto 7.713/00
Por el cual se integra el consejo nacional de zonas francas creado por ley 523/95, "Que autoriza y establece el régimen de zonas francas", reglamentada por decreto 15.554 del 29 de noviembre de 1996"
Asunción, 25 de febrero de 2000
VISTOS: El Decreto N° 15.554 del 29 de noviembre de 1996 "QUE REGLAMENTA LA LEY N° 523 DEL 16 DE ENERO DE 1995, "QUE AUTORIZA Y ESTABLECE EL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS ", y el Decreto N° 15.653 del 5 de diciembre de 1996, por el cual se había integrado nominalmente el Consejo Nacional de Zonas Francas (Exps. M.H. N° 4403, 4680 y 9420/2000); y,
CONSIDERANDO: Que la LEY N° 523/95 "QUE AUTORIZA Y ESTABLECE EL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS", en su Art. 37° crea el Consejo Nacional de Zonas Francas y que en el Art. 8°, Capítulo III del Decreto N° 15.554/96, se refiere a la confirmación del citado Consejo, por lo que resulta necesaria la designación en función a los cargos;
Que el Consejo Nacional de Política Financiera y Económica en sesión de fecha 24 de enero de 2000, autorizó la nueva integración del Consejo Nacional de Zonas Francas, conforme a las propuestas de los Ministerios afectados;
POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 2) La presidencia del Consejo será ejercida en forma rotativa por sus miembros, en el orden consignado en el Art. 37° de la Ley N° 523/95," QUE AUTORIZA Y ESTABLECE EL RÉGIMEN DE ZONAS FRANCAS", por períodos de un (1) año.
Art. 3) Derógase el Decreto N° 15.653 de fecha 5 de diciembre de 1996.
Art. 4) El presente Decreto será refrenado por los Señores Ministros de Hacienda de Industria y Comercio y de Obras Públicas y Comunicaciones.
Art. 5) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Firman:
- LUÍS ÁNGEL GONZÁLEZ MACCHI
- FEDERICO ZAYAS CHIRIFE
- EUCLIDES ACEVEDO
- ALBERTO PLANAS
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.