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Decretos · 1999

Decreto 6.758/99

Por el cual se deroga el art. 218 del decreto Nº 15.813/86, "Que dictan normas reglamentarias para la aplicación de la ley Nº 1173/85, "Que establece el código aduanero"

Asunción, 16 de diciembre de 1999

VISTOS: El Art. 228 de la Ley No. 1173/85, "QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ADUANERO"; la Ley No. 109/91, "QUE APRUEBA CON MODIFICACIONES EL DECRETO-LEY No. 15 DE FECHA 8 DE MARZO DE 1990, "QUE ESTABLECE LAS FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA", así como el Art. 261 de la Ley No. 1160/97," CÓDIGO PENAL" (Exp. M.H. No. 31.517/99); y

CONSIDERANDO: Que es necesario ejercer un control eficaz sobre los bienes que ingresan al país para combatir el contrabando y la evasión tributaria.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda, se ha expedido en los términos del dictámen No. 1314 de fecha 15 de diciembre de 1999.

POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1) Derógase el Art. 218 del Decreto No. 15.813/86, "QUE DICTAN NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY No. 1173/85, "QUE ESTABLECE EL CÓDIGO ADUANERO".

Art. 2) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda.

Art. 3) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • LUIS A. GONZÁLEZ MACCHI
  • Federico A. Zayas Cha.

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.