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Decretos · 1964

Decreto 3.375/64

Por el cual se aclara el alcance del artículo 246 de la ley de organización administrativa

 

Asunción, Marzo 10 de 1964

 

CONSIDERANDO: Que es necesario reajustar los fondos que corresponden a la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dando estricto cumpliendo a las disposiciones pertinentes de la Ley de Organización Administrativa;

Que el Artículo 246 de la citada Ley, determina en forma expresa, los recursos con los cuales se formará el fondo de Jubilaciones y Pensiones;

Que a este respecto, Inc. 1 del citado artículo, establece como uno de dichos recursos para la formación del referido fondo, un descuento mensual sobre el sueldo de todo funcionario o empleado con derecho a los beneficios jubilatorios y asimismo, incluye como otro recurso para el mismo fondo, la diferencia que resulte durante el primer mes, en los casos de aumento de sueldos o de pasar el que lo goza a otro empleo mejor remunerado;

Que, a fin de asegurar la estricta aplicación de las citadas disposiciones legales, defensa de los intereses del Estado y evitar interpretaciones incorrectas, es conveniente aclarar en forma expresa, el alcance de las mismas;

 Por tanto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

 

Artículo 1) Los giradores deberán descontar de los sueldos de todo funcionario o empleado con derecho a los beneficios jubilatorios, la diferencia que resulte durante el primer mes, en los casos de aumento de sueldos o pasar el que lo goza a ocupar otro empleo mejor remunerado, sin perjuicio de la aplicación del porcentaje legal mensual correspondiente sobre dicho sueldo. En tales casos, el sueldo liquido de dichos funcionarios, correspondientes al primer mes del aumento, en ningún caso excederá al sueldo líquido del mes anterior.

Artículo 2) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • ALFREDO STROESSNER
  • César Barrientos .

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.