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Decretos · 1999

Decreto 2.840/99

Por el cual se aprueba el nuevo formato de las guías de circulación de productos forestales y se fija el canon por aprovechamiento de bosques privados

 

Asunción, 5 de mayo de 1999.

 

VISTA: La presentación realizada por la Dirección del Servicio Forestal Nacional, dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en la cual solicita la aprobación del nuevo formato de las Guías de Circulación de Productos Forestales y la fijación del canon por el aprovechamiento de Bosques Privados.

CONSIDERANDO: Que el Consejo Asesor Forestal por Acta Nº 04 de fecha 16 de marzo de 1998 aprobó el canon por aprovechamiento de Bosque Privados en Gs. 5.000 (cinco mil guaraníes). Que, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Ganadería, por dictamen de fecha 29.04.99, se expidió favorablemente y adhiriéndose al dictamen AJSSERNMA Nº 193/98 de la Unidad de Asesoría Jurídica del Gabinete del Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente, en corcondancia con el Artículo 12 de la Ley Nº 422/73.
POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

 

Artículo 1) Apruebase el nuevo formato de guías de circulación de productos forestales, de una sola calidad y que forma parte integrante del presente Decreto.

MAG/SSERNMA/SFN MAG/SSERNMA/SFN MAG/SSERNMA/SFN

GUÍA DE PRODUCTOS GUÍA DE PRODUCTOS GUÍA DE PRODUCTOS

FORESTALES FORESTALES FORESTALES

______________________________________________________________________

Serie N° ....................... Serie N° ..................... Serie N° .............................

Fecha de Exp............. Fecha de Exp............... Fecha de Exp.................

Propietario.................. Propietario................... Propietario....................

Tipo de Producto...... Tipo de Producto....... Tipo de Producto........

Plan N° ..................... Plan N° ................... Plan N° ....................

Reg. de Bosque.......... Reg. de Bosque ....... Reg. de Bosque........

Especie..................... Especie..................... Especie...................

Volumen.................. Volumen.................... Volumen...............

Procedencia............ Procedencia............... Procedencia............

Finca N° ............... Finca N° ................... Finca N° ........................

Destino................. Destino.................... Destino........................

___________________ ______________________ _______________________

Firma del Propietario Firma del Propietario Firma del Propietario.

Fecha de Fecha de Fecha de

Renovación............... Renovación.................. Renovación.......................

VALIDEZ: TRES MESES A VALIDEZ : TRES MESES VALIDEZ: TRES MESES

PARTIR DE LA FECHA DE A PARTIR DE LA FECHA A PARTIR DE LA FECHA

EXPEDICIÓN DE EXPEDICIÓN DE EXPEDICIÓN

(Propietario) (Serv. Forestal Nac.) (Transportista)

Artículo 2) Fíjase el canon por aprovechamiento de Bosques Privados en Gs. 5.000 (cinco mil guaraníes), por cada metro cúbico real de productos forestales en rollos, para todas las especies maderables.
Artículo 3) Derógase el Decreto N° 14.283/96 .
Artículo 4) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura y Ganadería.
Artículo 5) Comuníquese, publíquese y dése al Registro oficial.

Firman:

  • LUIS A. GONZÁLEZ MACCHI
  • LUIS ALBERTO WAGNER

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.