Decretos · 2002
Decreto 17.062/02
Por la cual se prorroga el plazo de vigencia del decreto N° 14.424 de fecha 29 de agosto de 2001 "Por el cual se modifica temporalmente la tasa de interés o recargo moratorio establecido en el segundo párrafo del artículo 2° del decreto N° 13.947/92 y su modificación, el artículo 3° del decreto N° 15.660/92, y se establece un régimen transitorio de aplicación de la sanción por contravención"
Asunción, 30 de abril de 2002
VISTO: Lo dispuesto en el Artículo 171° de la Ley N° 125/91 y el Decreto N° 14.442 de fecha 29 de agosto de 2.001; y
CONSIDERANDO: Que resulta conveniente adoptar medidas de carácter administrativo que tiendan a facilitar a los contribuyentes el cumplimiento voluntario de sus obligaciones de carácter fiscal.
Que atendiendo a la persistencia de los problemas coyunturales de orden económico financiero, justifican prorrogar el plazo dispuesto en el Decreto de referencia.
Que el tercer párrafo del Artículo 171° de la Ley N° 125/91, faculta al Poder Ejecutivo a fijar un recargo o interés mensual a calcularse día a día.
Que por Decreto N° 15.806 del 19 de diciembre de 2001 , el Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 30 de abril de 2002 el plazo previsto en el Artículo 3° del decreto N° 14.442/2001 para la presentación y pago de los tributos adeudados al 31 de octubre de 2001.
POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Artículo 1) Prorrogase hasta el 5 de julio de 2002 el plazo previsto en el Artículo 3° del Decreto N° 14.442 de fecha 29 de agosto de 2001, para la presentación y pago de los tributos adeudados al 31 de diciembre de 2001.
Artículo 2) El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda.
Artículo 3) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.
Firman:
- Luis A. González Macchi. Presidente de la República.
-
James Spalding. Ministro de Hacienda
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.