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Decretos · 2001

Decreto 15.187/01

Por el cual se deja sin efecto el decreto N° 5.476 de fecha 12 de octubre de 1999, "Por el cual se crea el servicio de vigilancia tributaria, dependiente de la subsecretaria de estado de tributación del ministerio de hacienda

Asunción, 31 de octubre de 2001

VISTO: La presentación de la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda, en la que solicita la derogación del Decreto N° 5.476 de fecha 12 de octubre de 1999, por el cual fue creado el Servicio de Vigilancia Tributaria, dependiente de la citada repartición; y el Decreto N° 13.719 de fecha 3 de julio de 2001, POR EL CUAL SE CREA LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONTRA EL CONTRABANDO Y LA EVASIÓN IMPOSITIVA Y SE DESIGNA COORDINADOR GENERAL DE LA MISMA, con facultades de realizar controles y actuaciones en zonas primarias y secundarias de la Dirección General Aduanas; y

CONSIDERANDO: Que conforme puede observarse en las disposiciones citadas, las mismas cumplen funciones similares de control de la aplicación de las disposiciones establecidas en el Código Aduanero y en la Ley N° 125/91, en consecuencia, se genera una superposición de funciones afectado la eficiencia de gestión a cargo de la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda .

POR TANTO, en ejercicio de sus facultades constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Artículo 1) Déjase sin efecto el Decreto N° 5.476 de fecha 12 de octubre de 1999 , Por el cual se crea el servicio de Vigilancia Tributaria, dependiente de la Subsecretaria de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda.

Artículo 2) Encárgase al Ministerio de Hacienda, para que a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación, asigne tareas en dependencias de dicha Subsecretaría, a los funcionarios que fueran competentes del Servicio de Vigilancia Tributaria .

Artículo 3) El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda, Industria y Comercio y de Agricultura y Ganadería.

Artículo 4) Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.

Firman:

  • Luis Angel González Macchi.
  • Francisco Oviedo
  • Euclides Acevedo
  • Lino Morel

Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.