Decretos · 2000
Decreto 10.541/00
Por el cual se autoriza al ministerio de hacienda a habilitar una tienda franca (free shop) para la firma bright star business corp., sucursal Paraguay
Asunción, 18 de Septiembre de 2000.-
VISTA: La presentación de la firma BRIGHT STAR BUSINESS CORP., SUCURSAL PARAGUAY (Exp. M.H. Nº 27.937/2000), en la que solicita autorización para la habilitación de una tienda franca (Free Shop) en el recinto del Aeropuerto Internacional "Silvio Pettirossi" de Asunción; y
CONSIDERANDO: Que el Art. 131º de la Ley Nº 1.173/85, "Código Aduanero del MERCOSUR", faculta al Poder Ejecutivo a establecer regímenes aduaneros especiales que tengan por finalidad favorecer las operaciones comerciales ...".
Que el Art. 131º de la Ley Nº 621/95, "Código Aduanero del MERCOSUR, expresa: "Las tiendas libres de impuestos (TAX FREE SHOP) son establecimientos instalados en la zona primaria de puertos o aeropuertos, habilitados por la Autoridad Aduanera, destinados a la comercialización de mercaderías originarias o no del territorio aduanero con franquicia de tributos".
Que el Decreto Nº 10.131/2000, "POR EL CUAL SE AUTORIZA EL ESTABLECIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE TIENDAS FRANCAS" , establece normas técnicas y reglamentarias para la habilitación de tiendas francas.
Que se hallan cumplidas las exigencias previstas según los informes administrativos, técnicos y jurídicos pertinentes del Departamento Jurídico Nº 57/2000 y de la Dirección General de Aduanas de fecha 19 de Enero de 2000, respectivamente y el dictamen de la Dirección de Técnica y Planificación Tributaria Nº 141/2000, el memorandum Nº 165/2000 de la Subsecretaría de Estado de Tributación, y el dictamen Abogacía del Tesoro Nº 190/2000 del Ministerio de Hacienda.
POR TANTO , en ejercicio de sus facultades constitucionales,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1) Autorízase al Ministerio de Hacienda para que, por intermedio de la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Tributación, habilite una tienda franca (Free Shop) en el recinto del Aeropuerto Internacional "Silvio Pettirossi" de Asunción (Sala de Embarque y Desembarque), de conformidad a las normas establecidas en las Leyes Nºs 1.173/85, "Código Aduanero", y 621/95 "Código Aduanero del MERCOSUR", y el Decreto Nº 10.131 del 23 de Agosto de 2000.
Dicha tienda franca se habilitará por el término de cinco (5) años y estará bajo el control de la Dirección General de Aduanas.
Texto reproducido con fines informativos, tal como fue publicado en el archivo LEGISLASYS. Antes de aplicarlo, verifique su vigencia en el portal de la DNIT o en la Biblioteca del Congreso.